miércoles, 10 de marzo de 2010

El PTA Y POSIBLES SUBVENCIONES ILEGALES. 1ª parte

En fecha 4 de noviembre de 2009 se interpone por parte del PSA denuncia en la fiscalía y que según consta en la misma se basa en los siguientes antecedentes y hechos:


Con fecha 29 de septiembre de 2004 el IPDC (Instituto de Promoción y Desarrollo de la Ciudad) firmó con la Empresa Municipal del suelo EMUSUJESA un acuerdo de colaboración para el desarrollo del Centro Agroalimentario, que actualmente se llama Parque Tecnológico Agroindustrial. Por el cual EMUSUJESA destinaba la finca denominada Cortijo de Siles a la construcción del Parque Agroindustrial, asumía las gestiones necesarias para la clasificación de usos de dicha finca en el Plan General y demás trámites necesarios. Por su parte el IPDC previa acreditación de los gastos, transfería a EMUSUJESA los importes derivados de la urbanización del parque y la construcción del edificio singular, además de definir y gestionar la política de ayudas a los adquirentes de parcelas.

Con fecha 19 de julio de 2005 el Consejo Rector del Instituto de Promoción y Desarrollo de la Ciudad (IPDC) aprobó los "Criterios de Valoración de Empresas para determinar la minoración del precio del suelo en el Parque Agroindustrial de Jerez, actualmente llamado Parque Tecnológico Agroindustrial. Los criterios eran cinco.

a) Criterios de tecnología e innovación. Valora las solicitudes de empresas que incorporan tecnología o procesos que contribuyeran a mejorar la competitividad, que promovieran la innovación del sector o que dedicaran recursos al I+D. La puntuación máxima que una empresa solicitante podía obtener por este apartado era de 2 puntos.

b) Criterios de actividad. Este criterio prima la instalación de empresas con relación demostrada y evidente con la actividad agroindustrial. La puntuación máxima a obtener por este concepto era de 3 puntos.

c) Criterios de desarrollo rural. Valora la capacidad que la implantación de una empresa tenía para el desarrollo rual de Jerez. Favoreciendo así la implantación de empresas que emplearan materia prima procedente de Jerez o su zona de influencia, empresas que fueran propiedad de agricultores de Jerez o empresas que promovieran la diversificación productiva de la agricultura de Jerez. Puntuación máxima de 4 puntos.

d) Criterios de oportunidad. Se valoraba el hecho de que la instalación de una empresa supusiera la creación de una nueva empresa o la ampliación de una existente, implicando creación de empleo en la zona. Puntuación máxima de 2 puntos.

e) Criterios de inversión de empleo. Se valoraba con este criterio la importancia de la inversión que realizase la empresa, así como la repercursión sobre el empleo. Puntuación máxima 3 puntos.

Las empresas podrían optar a una minoración del precio del suelo según la puntuación total alcalzada al aplicar estos criterios.

Total de 14 puntos obtendría una minoración del 40% sobre el precio del suelo.

Con 12 - 13 puntos la minoración sería del 30%.

Con 10 - 11 puntos la minoración sería del 25%.

Y el abanico entre 6 y 9 puntos una minoración del 20%

EL 24 de julio de 2007 la alcadesa como Presidenta del Consejo de Administración de EMUSUJESA suscribe con don Francisco Lebrero en representación del IPDC una adenda al acuerdo de colaboración de fecha 24 de septiembre de 2004 que suscribieron ambas entidades:

1.- EL IPDC fijará la ayuda que debe corresponder a cada adquirente de suelo en forma de porcentaje de bonificación sobre el precio del suelo en función de los criterios que el mismo Instituto ha establecido y previa valoración de las circunstancias que concurran en cada adquirente .

2.- La Empresa Municipal de suelo de Jerez SA concederá una subvención directa mediante la firma del correspondiente convenio a cada adquirente de suelo que haya sido propuesto como beneficiario por el Istituto de Promoción y Desarrollo de la Ciudad (IPDC).

Esta adenda no fue puesta en conocimiento ni aprobada por el Consejo de Administarción de EMUSUJESA ni por el Consejo Rector deL IPDC.

En virtud de la mencionada adenda EMUSUJESA concede dos únicas subvenciones:

- 1º a una empresa con fecha 2 de agosto de 2007 y por un importe de 854.352 €.

- La entidad Tecnología Innovación Sanitaria SL con fecha 25 de enero de 2008 y por un importe de 244,720 €.

Ambas subvenciones fueron concedidas en virtud de dos resoluciones de Doña Pilar Sánchez Muñoz como Presidenta del IPDC, mediante ellas el precio de compra de los terrenos se redujo un 40 %



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